Persiste entre los conductores la creencia de que están obligados a acudir a un taller oficial para conservar la garantía de su coche nuevo. Ya hace diez años desde que cambió la ley y ahora es posible llevar nuestro vehículo a cualquier taller siempre que cumpla con los estándares de calidad establecidos por el fabricante. Conviene recordar que un coche nuevo cuenta con una cobertura de garantía por ley de dos años. En ese periodo hay que cumplir puntualmente con las revisiones en los plazos marcados por el fabricante, bien en tiempo o bien número de kilómetros. Como justificante de ello nos servirán las facturas que especifican la fecha y las acciones realizadas.
La obligación general de mantener o reparar el automóvil sólo en la red autorizada por la marca oficial durante ese período privaría a los consumidores de su derecho a elegir que su vehículo sea mantenido o reparado por un reparador independiente y ello impediría, sobre todo en el caso de las “garantías ampliadas”, que esos reparadores compitan eficazmente con la red autorizada.
Recordemos que en el periodo de los primeros seis meses cualquier defecto se considera de origen y el fabricante debe demostrar lo contrario, a partir de ahí es al revés y debe ser el propietario quien demuestre que el defecto es de fábrica. Los trabajos efectuados en el taller tienen garantía de seis meses si el coche es nuevo. Sin embargo, ten cuidado con algunas averías, pues no todas están dentro de la garantía: los defectos provocados por la mala utilización del vehículo quedan al margen, así como las piezas de desgaste.
En definitiva, el usuario, dentro del período de garantía vigente tras la compra de un vehículo, puede llevarlo a cualquier taller de su libre elección, puesto que no existe desde 2010 obligación de que los mantenimientos se realicen, durante la garantía, en talleres de la marca.
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